Colegio Departamental

Conforme a la Ley Orgánica de la Universidad de Guadalajara
 
•Artículo 83. Los Colegios Departamentales de Escuela serán los órganos académicos responsables de coordinar las actividades docentes, de investigación y difusión de los Departamentos. Estarán facultados para el diseño, ejecución y evaluación de los planes y programas académicos, de conformidad con las políticas institucionales de desarrollo y los programas operativos correspondientes.
 
 

Los Departamentos Académicos son los grupos colegiados de académicos que se organizan a partir de áreas del conocimiento y objetos de trabajo afines. Su función es la de planificar, operar y evaluar los programas de docencia, investigación y difusión con enfoques académicos multi e interdisciplinarios, se encuentran integradas por el departamento de las ciencias y el de las tecnologías.

 

Las Academias forman parte de los distintos departamentos académicos y están definidas por el documento base del BGC como ”el centro del trabajo colegiado, donde convergen los profesores de un conjunto de unidades de aprendizaje afines, a través de sesiones periódicas y formales; asimismo el artículo 95 del Estatuto Orgánico del SEMS, prevé que la academia es la agrupación de profesores que imparten asignaturas afines adscritas a un departamento, uno de los cuales fungirá como jefe de la misma.
Las academias llevan a cabo el trabajo colegiado abarcando dos directrices: de manera disciplinar y por ciclo y en cada una de ellas se utilizará como estrategia de trabajo la transversalidad. 

 

El Departamento de Servicios Educativos es un departamento de apoyo que tiene como fines contribuir en los procesos educativos, socioculturales y psicosociales que confluyen en la escuela, con acciones de soporte a las labores de los departamentos académicos; diseñar y operar programas y proyectos en apoyo al trabajo docente, al desarrollo del personal académico y a los procesos de acompañamientos en la trayectoria escolar de los estudiantes; coordinar y dar seguimiento al desarrollo de los programas educativos en modalidades no convencionales y de educación continua, que puedan ofrecer los planteles.
 

Para el ejercicio de sus atribuciones y funciones, se integra por las siguientes instancias: